Reforma constitucional Costa Rica usará lenguaje inclusivo: personas con discapacidad y adulto Mayor
Modificación responde a recomendaciones de las Naciones Unidas con el fin de extinguir términos peyorativos, excluyentes y discriminatorios de la legislación.
Sustituye conceptos como anciano o enfermo desvalido por personas adultas mayores y personas con discapacidad.
Firma de Ley 9697 de reforma constitucional tuvo lugar este martes en Casa Presidencial.
El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada y el ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza, firmaron la tarde de este martes la Ley 9697 “Reforma Constitucional del Artículo 51 para Garantizar la Protección Especial del Estado a las Personas con Discapacidad”.
La reforma constitucional, aprobada por la Asamblea Legislativa el 29 de mayo de 2019, Día Nacional de las Personas con Discapacidad, tiene como objetivo eliminar el lenguaje discriminatorio y sustituirlo por conceptos inclusivos, neutrales y con perspectiva de género.
Siguiendo recomendaciones de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, se modificó el artículo 51 que señalaba textualmente a “la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido” como sujetos de protección especial por parte del Estado.
La reforma incluye la nomenclatura más actualizada en materia de derechos humanos, recogiendo los principios de inclusión, neutralidad y perspectiva de género, de tal manera que se referirá en adelante a “la madre, el niño y la niña, las personas adultas mayores y las personas con discapacidad”.
En el acto de firma participaron, además del Presidente Alvarado y el Ministro Piza, el Segundo Vicepresidente, Marvin Rodríguez, quien coordina y lidera los temas de las personas adultas mayores y con discapacidad; la diputada Catalina Montero; Lizbeth Barrantes, Directora Conapdis; Teresita Aguilar, Presidente del CONAPAM, Nicole Mesén, Presidenta de la Asamblea de la Persona Joven, y representantes de la sociedad civil.
Al referirse a la trascendencia de la reforma constitucional, el Presidente Alvarado señaló que el concepto adecuado permite responder con mayor claridad a esas poblaciones que reciben protección especial del Estado, en concordancia con los derechos humanos, la dignidad y el potencial de cada persona.
El vicepresidente Rodríguez destacó que esta modificación salda una de las deudas históricas con las poblaciones más vulnerables de nuestro país como son los niños, niñas, personas adultas mayores y con discapacidad.
Para la presidenta del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, Lizbeth Barrantes, “esta reforma impulsa un cambio hacia una sociedad más inclusiva y justa, que respeta los derechos humanos y las libertades fundamentales. Esta redacción del artículo 51 constitucional deja en claro la obligación del Estado de brindar una protección especial a las personas con discapacidad”.
En tanto, Éricka Álvarez, presidenta de la Junta Directiva de Conapdis, indicó que la Constitución Política no hacía referencia, ni una sola vez, a las personas con discapacidad. “Ahora ya hay una referencia precisa y concreta y con un lenguaje acorde a la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad”.
Según datos de la reciente Encuesta Nacional sobre Discapacidad (Enadis), un 18,2% de la población costarricense está constituida por personas con discapacidad.
Fuente : Prensa Gobierno Costa Rica
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